El abogado me ha gestionado un accidente de coche y he quedado muy contento, se notaba que tenía interés en el caso y me lo ha solucionado muy rápido.
Pedro Diaz
Somos Abogados Especializados en todo tipo de Accidentes de Tráfico:
Accidentes de Coche, accidentes con Motocicletas, accidentes de Bicicletas, accidentes como usuario de Transporte Público, atropello de peatones, etc
Trabajamos duro para conseguir que se le reconozca su derecho y que perciba la máxima indemnización posible
Si usted ha sufrido un accidente de tráfico y es acompañante o conductor no culpable, usted tiene derecho a ser indemnizado por todos los daños y perjuicios que le hubiese ocasionado el siniestro.
Entre ellos, se engloban la indemnización por las lesiones que padezca, por el periodo que haya necesitado para recuperarse, los daños morales que se le hubieses causado, los gastos médicos que tenga que sufragar, los daños materiales, tales como reparación del vehículo, del casco, reloj, gafas o teléfono móvil que hubiesen sufrido daño, etc, así como a recibir a consta de la aseguradora del vehículo que le haya atropellado, del tratamiento médico y rehabilitación necesario para que se recupere de sus lesiones.
Si usted ha sido atropellado como peatón, ciclista, patinador o usuario de cualquier otro vehículo no a motor, y no ha sido el culpable en exclusiva del siniestro, tiene derecho a ser indemnizado por todos los daños y perjuicios que le hubiese ocasionado el siniestro.
Entre ellos, se engloban la indemnización por las lesiones que padezca, por el periodo que haya necesitado para recuperarse, los daños morales que se le hubieses causado, los gastos médicos que tenga que sufragar, los daños materiales, tales como reparación de la bicicleta, patines, del casco, gafas, reloj o teléfono móvil que hubiesen sufrido daño, etc., así como a recibir a consta de la aseguradora del vehículo que le haya atropellado, del tratamiento médico y rehabilitación necesario para que se recupere de sus lesiones.
NO OLVIDE QUE SI SU PÓLIZA DE SEGUROS TIENE CUBIERTA LA DEFENSA JURÍDICA, NUESTROS HONORARIOS PUEDEN CORRER A CARGO DE SU COMPAÑÍA DE SEGUROS.
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